miércoles, 12 de junio de 2013

Recurso multa de tipo general

ILMO. SR.

Principio del formulario

D., con domicilio en , con D.N.I. n: , provincia de , calle n: código postal , ante el (AYUNTAMIENTO, JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO , comparece y como mejor proceda en Derecho.

Final del formulario

EXPONE

Que ha recibido notificación de denuncia, de expediente de referencia n: con el vehículo matricula , por la que se impone al exponente una multa pecuniaria por vulnerar supuestamente un precepto de la normativa vigente.

Por medio del presente escrito y con el debido respeto interpongo en tiempo y forma el oportuno (ESCRITO DE ALEGACIONES, RECURSO ORDINARIO, DE ALZADA DE REPOSICIÓN), alegando en mi defensa:

 

PRIMERO.-

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 79.1 de la Ley de Seguridad Vial, solicito que se realicen las pruebas necesarias que corroboren el hecho denunciado. Tal hecho se niega por completo y, en consecuencia, debe darse cumplimiento a lo previsto en la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, para la comprobación de los hechos denunciados, así como practicar las pruebas que se propongan sobre la base de desvirtuar la presunción de veracidad de las denuncias practicadas por los Agentes de la Autoridad.

A juicio de recurrente nos encontramos ante un error en la calificación del hecho por parte del Agente, por lo que solicito, además de la ratificación del Agente denunciante, la reconstrucción de los hechos que aclaren la verdad de lo denunciado.

Las pruebas propuestas deberán admitirse mediante providencia al respecto que se notificará al interesado con suficiente antelación, tal y como refleja la legislación vigente.

(El siguiente párrafo únicamente en el caso de que no se haya notificado la denuncia por los Agentes Actuantes en el momento de la infracción).

 

SEGUNDO.-

Existe una infracción al artículo 77 de la Ley 339/90 de 2 de Marzo que establece la obligación de notificar en el acto las denuncias a lo s supuestos infractores. El artículo 10 del Real Decreto 320/94, reafirma la norma antes mencionada, manifestando que las denuncias impuestas sin el requisito de la notificación en el acto, no serán válidas a menos que se indiquen las causa concretas y específicas por las que no se pudo notificar, y que estas causas sean justificativas de no haber cumplido con la obligación de notificar en el momento.

(en el caso de hacer alguna alegación más incluirla dentro de un párrafo TERCERO).

 

En virtud de lo expuesto,

SOLICITO A V.I., admita este escrito a trámite y tras las comprobaciones precisas se proceda a practicar las oportunas pruebas solicitadas en el presente pliego de descargos, o de lo contrario, se deje la sanción sin efecto ordenándose el archivo de lo actuado.

 

Es Justicia que pido en , a .

 

Fdo.

 

 

 

Sr.

 

 

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